Impago de nóminas

1.000,00

Si usted ha sufrido un despido o está trabajando pero no percibe su salario puede reclamar las cantidades debidas. La Ley prevé una primera fase de mediación ante el Servicio de Mediación, Arbitraje y Conciliación de la Comunidad Autónoma en la que resida y posteriormente en el Juzgado de lo Social de su provincia.

Tiene un año desde que debieron pagarle para reclamar y puede solicitar un 10% adicional en concepto de interés de demora.

Con este servicio realizaremos las gestiones necesarias para que condenen a pagar los importes debidos, bien a través de su empleador o bien a través, en su caso, del Fondo de Garantía Salarial (FOGASA).

En todo momento contará con el acompañamiento de nuestros profesionales.

INFORMACIÓN IMPORTANTE SOBRE EL PRECIO FINAL DEL SERVICIO:

  • Precio: Al inicio abonará 1.000 euros. El precio es de 2.000 euros por deudas hasta 20.000 euros.
  • A partir de esa cantidad deberá adicionar un 1%.
  • La diferencia entre los 1.000 euros abonados y los honorarios que deba abonar se le cobrará a la terminación del procedimiento sobre el importe recuperado.

El servicio incluye:

  • Honorarios de letrado/a.

  • Honorarios de procuradora/a.

  • Gestiones ante el Fondo de Garantía Salarial para el cobro, en su caso.

El servicio NO incluye:

  • Gastos que puedan ocasionarse por el embargo de bienes del demandado.

1. Compra del producto a través de la web.

2. A continuación, recibirá un correo electrónico presentándole su letrado/a.

3. En el plazo máximo de cinco días se reunirá con su letrado/a de forma presencial o telemática.

4. Recopilación, por su parte, de la documentación e información que le solicite su letrado/a.

5. Recibida toda la documentación en dos días le remitiremos un borrador de demanda y solicitud de acto de conciliación.

6. Una vez haya recibido el borrador de demanda y solicitud de acto de conciliación podrá prestar su conformidad o solicitar a su letrado/a modificaciones

7. Si ha dado su conformidad en el plazo de dos día quedará presentada su demanda en el Juzgado y la solicitud de acto de conciliación y recibirá confirmación de que así se ha producido.

8. Admitida a trámite y una vez se señale fecha y hora para la celebración de la conciliación se le comunicará y concertará la cita para asistir con su letrado/a asignado/a.

9. El día de la celebración de la vista en el Juzgado acudirá con el/la letrado/a.

10. Obtención de la sentencia que ponga fin al proceso.

11. Ejecución de la sentencia que ponga fin al proceso (en esta fase se producirán los embargos que, eventualmente, se puedan acordar).

  • Ser atendido/a por correo electrónico a fin de resolver sus dudas por correo electrónico ilimitadas.

  • Dos visitas presenciales o por medios informáticos.

  • Dos consultas telefónicas.

  • Los servicios detallados en estos términos y condiciones.

El devengo de los honorarios se produce en el momento inicial de la contratación del servicio. En ningún caso se reembolsará el importe satisfecho por la contratación de los servicios efectivamente prestados.

Todos los precios señalados en las presentes condiciones incluyen impuestos.

Adicionalmente podrá contratar: