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El concurso de acreedores es un procedimiento judicial para dar solución a aquellas personas físicas (o empresas) que no tengan capacidad para atender sus deudas en este momento o de forma inminente.
Si usted es acreedor de una empresa o persona que se ha declarado en concurso de acreedores deberá comunicar la existencia del crédito. Es muy recomendable también personarse en el concurso de acreedores que se tramite (participar en el procedimiento judicial) a través de abogado y procurador.
El concurso de acreedores permite al deudor beneficiarse de quitas y esperas. Es por ello que es importante optimizar la recuperación a través de un seguimiento del proceso concursal.
Con nuestros servicios en todo momento contará con el acompañamiento de nuestros profesionales a fin de optimizar la recuperación de su crédito.
Honorarios de letrado/a.
Honorarios de procuradora/a.
Gastos de tramitación del procedimiento.
Gestión incidentes concursales.
1. Compra del producto a través de la web.
2. A continuación, recibirá un correo electrónico presentándole su letrado/a.
3. En el plazo máximo de cinco días se reunirá con su letrado/a de forma presencial o telemática.
4. Recopilación, por su parte, de la documentación e información que le solicite su letrado/a.
5. Recibida toda la documentación en tres días le remitiremos un borrador de comunicación de créditos para el concurso.
6. Una vez haya recibido el borrador de comunicación podrá prestar su conformidad o solicitar a su letrado/a modificaciones
7. Si ha dado su conformidad en el plazo de dos días quedará enviada la comunicación al Administrador Concursal y recibirá confirmación de que así se ha producido.
8. Simultáneamente al envío al Administrador Concursal se remitirá personación en su nombre al Juzgado como acreedor del deudor.
9. Seguimiento del proceso concursal y comunicaciones con usted sobre el estado del mismo.
10. Gestión de la recuperación máxima posible de la deuda.
Ser atendido/a por correo electrónico a fin de resolver sus dudas por correo electrónico ilimitadas.
Dos visitas presenciales o por medios informáticos.
Dos consultas telefónicas.
Los servicios detallados en estos términos y condiciones.
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